La **Declaraci on de los Derechos del Niño **es documento en el cual se especifican todos y cada uno de los derechos que tiene todos niños alrededor del mundo elaborado en 1923 por la organizacion por 'Save The Children', fundada por Eglantyne Jebb.

La Organizaci on de las Naciones Unidas (ONU) tomo como base este listado de proclamaciones a favor de los niños y elaboro su propia version expandida, la cual fue instaurada oficialmente el 20 de noviembre de 1959.

Los derechos del niño son los siguientes: 1. El niño disfrutara de todos los derechos enunciados en esta declaracion. Estos derechos seran reconocidos a todos los niños sin excepcion alguna ni distincion o discriminacion por motivos de raza, color, sexo, idioma, religion, opiniones politicas o de otra indole, origen nacional o social, posicion economica, nacimiento u otra condicion, ya sea del propio niño o de su familia.

2. El niño gozara de una proteccion especial y dispondra de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse fisica, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, asi como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideracion fundamental a que se atendera sera el interes superior del niño.

3. El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

4. El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social.Tendra derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberan proporcionarse, tanto a el como a su madre, cuidados especiales, incluso atencion prenatal y postnatal. El niño tendra derecho a disfrutar de alimentacion, vivienda, recreo y servicios medicos adecuados.

5. El niño fisica o mentalmente impedido o que sufra algun impedimento social debe recibir el tratamiento, la educacion y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

6. El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprension. Siempre que sea posible, debera crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no debera separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades publicas tendran la obligacion de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra indole.

7. El niño tiene derecho a recibir educacion que sera gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dara una educacion que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro util de la sociedad. El interes superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educacion y orientacion; dicha responsabilidad incumbe, en primer termino, a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educacion; la sociedad y las autoridades publicas se esforzaran por promover el goce de este derecho.

8. El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban proteccion y socorro.

9. El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotacion. No sera objeto de ningun tipo de trata. No debera permitirse al niño trabajar antes de una edad minima adecuada; en ningun caso se le dedicara ni se le permitira que se dedique a ocupacion o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educacion o impedir su desarrollo fisico, mental o moral.

10. El niño debe ser protegido contra las practicas que puedan fomentar la discriminacion racial, religiosa, o de cualquiera otra indole. Debe ser educado en un espiritu de comprension, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energias y aptitudes al servicio de sus semejantes.

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